Resumen del nuevo Real Decreto-ley 15/2018 que deroga el impuesto al sol
El pasado 5 de Octubre el Gobierno español publicó el nuevo Real Decreto 15/2018 que modifica el anterior del 9 de Octubre de 2015.
En él se recogen medidas de urgencia para la transición energética y para combatir la pobreza enegética. En nuestro resumen solo vamos a recoger las medidas que afectan al autoconsumo.
Hay que tener en cuenta que la figura Decreto-ley que ha sido empleada es de aplicación inmediata, pero esta debe de someterse a votación en el congreso en un plazo de 30 días y puede ser ratificada, derogada o modificada.
Estos son los puntos más destacados:
- Se anula el impuesto al sol. Tal y como hace referencia el R.D. «La energía autoconsumida de origen renovable, cogeneración o residuos estará exenta de todo tipo de cargos y peajes.»
Hasta ahora existian dos tipos de peajes, por energía autoconsumida de nuestra instalación solar en instalaciones de más de 10 kw y por potencia , en los casos en los que teníamos acumuladores y superabamos la potencia contratada. - Ya no es necesario instalar un contador de energía adicional. Esta obligación , en muchas ocasiones disparaba los costes de muchos proyectos, ya que no siempre era fácil instalar un contador accesible por la compañía. Esta medida reducirá considerablemente el coste de muchas instalaciones.
- Se elimina el límite de potencia instalada inferior a potencia contratada. Hasta ahora la potencia fotovoltaica instalada tenía que estar por debajo de la potencia contratada en el punto de suministro. Ahora ya no existen límites, podemos instalar tanta como queramos, pudiendo cubrir incluso el 100% de nuestra demanda si tenemos acumuladores.
- Se simplifica la tramitación en instalaciones inferiores a 100 Kw sin excedentes. Para instalaciones de menos de 100 kw de potencia instalada y con inyección 0, ya no será necesario solicitar punto de acceso y conexión a la empresa distribuidora. Esto también es aplicable a instalaciones inferiores a 15 Kw con inyección a red.
Para la legalización de estas instalaciones servirá con un certificado eléctrico de baja tensión.
Estos son los pilares básicos y más importantes de la nueva normativa, aunque hay muchas más mejoras que podemos resumir:
- Se crea el registro administrativo de autoconsumo pero se simplifica la inscripción de las instalaciones.
- Se racionalizan las sanciones al autoconsumo.
- Se simplifica la clasificación de las instalaciones de autoconsumo.
- Se abre la puerta al autoconsumo compartido.
- Se menciona la futura regulación del balance neto.
Quedaremos a la espera de la aprobación definitiva y a una elaboración más amplia de la normativa. Por el momento tenemos motivos para ser optimistas para que esta nueva regulación sea el impulso definitivo para el cámbio de modelo energético de nuestro país.
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